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Expide Congreso Ley para el reconocimiento y protección a comunidad LGBTTTIQ+

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Culiacán, Sinaloa.- Diputadas y diputados del Congreso del Estado de Sinaloa aprobaron por mayoría este martes en Sesión Ordinaria expedir la Ley para el Reconocimiento, Protección y Atención de las Personas LGBTTTIQ+, de la Diversidad Sexual y de Género del Estado de Sinaloa.

La nueva ley consta de 35 artículos básicos distribuidos en siete capítulos más cuatro artículos transitorios, y fue presentada como iniciativa por las diputadas Juana Minerva Vázquez González, Karla Daniela Ulloa Rodríguez y Almendra Ernestina Negrete Sánchez, esta última diputada con licencia, todas integrantes del Grupo Parlamentario de Morena.

Esta ley (que recibió 31 votos a favor, 3 en contra y 3 abstenciones), establece mecanismos de coordinación entre autoridades estatales y municipales; así como las bases de actuación de los Poderes Legislativo y Judicial, y de los organismos constitucionales autónomos para promover, proteger y garantizar de forma progresiva el pleno ejercicio de los derechos humanos y libertades de las personas LGBTTTIQ+, de la diversidad sexual y de género.

Asimismo, regula las acciones que, con base en sus competencias, las dependencias de la administración pública estatal, deberán implementar para el desarrollo progresivo de los derechos de las personas LGBTTTIQ+, de la diversidad sexual y de género.

Asimismo, se establecen varios derechos para las personas de la diversidad sexual, que son los siguientes:
*Derecho a la libertad, a la identidad, al libre desarrollo de la personalidad, a la integridad y, a la seguridad personal y colectiva.

*Derecho a la certeza jurídica y al acceso a la justicia.
*Derecho al debido proceso y garantías judiciales.
*Derecho a la integridad personal.
*Derecho al acceso a una vida libre de violencia y no discriminación.
*Derecho a la salud.
*Derecho de petición y pronta respuesta.
*Derecho a la educación.
*Derecho al trabajo y a las garantías laborales.
*Derecho a la participación política.
*Derechos sexuales y reproductivos.
*Derecho a la igualdad y no discriminación.
*Derechos culturales, y
*Demás derechos consagrados en la Constitución Política del Estado y demás ordenamientos aplicables para el Estado de Sinaloa.

También se prohíbe que se promuevan contratos, tratamientos, terapias o servicios, tareas o actividades que pretendan corregir la orientación sexual, identidad o expresión de género, y todos los esfuerzos encaminados en esta materia que atenten contra el libre desarrollo de la personalidad e identidad sexual de las personas.

De igual manera se establece que el Gobierno del Estado incluya en su Plan Estatal de Desarrollo, la creación, aprobación e implementación de un Programa Estatal para el reconocimiento, protección y atención de las personas LGBTTTIQ+, de la diversidad sexual y de género del estado, el cual será propuesto por la persona titular de la Secretaría General de Gobierno.

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