Culiacán, Sinaloa.- Por unanimidad, el Pleno del Congreso del Estado aprobó las reformas al Código Penal y Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para elevar las penas de 40 a 60 años de prisión quienes cometan el delito de feminicidio.
La 64 Legislatura aprobó estas reformas para reestructurar el modelo de tipo penal de feminicidio, cuyas penas actuales son de 25 a 40 años de cárcel y, con este dictamen, se construye una política integral de acceso a la justicia con perspectiva de género.
En cuanto al dictamen, establece incrementar las penas en el delito de lesión cuando estas sean causadas en la víctima utilizando cualquier tipo de agente o sustancia dañina; adiciona un apartado en el que se incluye para la procedencia del delito a todas las mujeres en su diversidad y etapas de vida; adiciona diversas razones de género; incrementa las sanciones al tipo básico de feminicidio.
Asimismo, establece circunstancias agravantes a fin de que el agresor sea castigado con mayor severidad; adiciona al Código Penal local el delito de Inducción o Ayuda al Suicidio Feminicida; también, Incorpora nuevos elementos a las definiciones de violencia física y violencia feminicida de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Sinaloa.
En su pronunciamiento, la Diputada Alma Rosa Garzón, Presidenta de la Comisión de Justicia, manifestó que, para la 64 legislatura es importante la protección de las mujeres de los delitos de feminicidio, a finde que puedan vivir una vida libre de violencia.
“En la Comisión de Justicia se turnaron varias iniciativas para reformar varios códigos en el Código Penal como protección a las mujeres a una vida libre de violencia en materia de feminicidio y así proteger de tantos feminicidios, asesinatos que, en los últimos años, se ha venido sucediendo, no solamente en el estado sino en todo el país, por eso mismo, en esta 64 Legislatura ha sido muy importante en favor y protección de las mujeres”
El dictamen aprobado establece que todo aquel servidor público que omita una investigación, filtre información, fotos, videos o evidencias de la misma y obstaculice o entorpezca maliciosamente la procuración de justicia, se le impondrá una pena de cinco a ocho años de prisión y de 500 a mil 500 días multa.
Una vez que las reformas fueron aprobadas en lo general, se discutieron en particular, donde la Junta de Coordinación Política presentó algunas presiones en cuanto a las sanciones a servidores públicos, tales como suspensión temporal de sus derechos, la cual comenzará desde que cause ejecutoria la sentencia respectiva y abarcará todo el tiempo de la condena.
Aunado a esto, la destitución consiste en la separación definitiva del empleo, cargo o comisión en el servicio público y la inhabilitación implica la incapacidad temporal para obtener o ejercer un empleo, cargo o comisión, cargo o comisión.