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A partir de hoy, se activa el Protocolo Nacional para Búsqueda de Desaparecidos

La Secretaría de Gobernación publicó el nuevo Protocolo Nacional para activar la Alerta Nacional de Búsqueda de personas desaparecidas, que será inmediata, automatizada y coordinada con autoridades y sector privado en todo el país

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La Secretaría de Gobernación publicó el nuevo Protocolo Nacional para la Activación de la Alerta Nacional de Búsqueda, Localización e Identificación de Personas Desaparecidas y No Localizadas, cuyo principal objetivo es que la búsqueda sea inmediata, automatizada y en coordinación con entidades públicas y privadas.

De acuerdo con el documento publicado en el Diario Oficial de la Federación, la Alerta Nacional funcionará como una herramienta de búsqueda que activa actos coordinados entre instituciones públicas de los tres niveles de gobierno. Así como el sector privado y social, que a su vez será integrada en el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas, y en la Base Nacional de Carpetas de Investigación.

Los pasos para la ficha de búsqueda

Para la activación de la alerta, se deberá crear un registro ante el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas. Este a su vez podrá emitirse en atención directa en portales públicos, atención telefónica o conmutados, además de vía Whatsapp, o por el Registro directo con autoridades.

De ser admitido, se generará un folio y generará la ficha de búsqueda, para posteriormente ser canalizado de forma inmediata. La Alerta permanecerá activa hasta la localización de la persona desaparecida o no localizada. Para ello la administración y operación de la Alerta estará a cargo de la Comisión Nacional de Búsqueda.

La Comisión podrá compartir la información con autoridades e instituciones privadas con fines de búsqueda, localización e identificación de las personas desaparecidas y no localizadas.

Entre las facultades de la Comisión, podrá difundir la ficha de Búsqueda en todos los municipios de su entidad para fortalecer la difusión masiva de la información. Además, coordinarse con el C4, C5 o sus equivalentes.

El papel del sector privado

Uno de los aspectos más importantes del protocolo es el punto 20, que especifica las formas de difusión de fichas de búsqueda para organizaciones privadas. Mismas que deberán difundirlas en medios, plataformas o espacios que dispongan. Por ejemplo:

  • Televisoras y radiodifusoras: Transmitirlas en espacios visibles y preferentemente en horarios de alta audiencia.
  • Prestadores de servicios de transporte terrestre, aéreo y marítimo: Difundirlas en pantallas, monitores, redes sociales o páginas oficiales.
  • Turismo: colocar la Ficha de Búsqueda en áreas visibles y de alta afluencia.
  • Tiendas de conveniencia y cadenas de autoservicio: colocar la ficha en áreas visibles y de alta afluencia, como pantallas digitales.
  • Centros de atención a adicciones o rehabilitación privados: Difundir la Ficha de Búsqueda en espacios visibles y en áreas donde se reciban a los familiares de los usuarios.

El papel de las fiscalías

Deberán crear un expediente físico o digital, y el registro del alertamiento con la Ficha de Búsqueda.

Podrán solicitar colaboración a instituciones públicas y privadas, incluyendo la Cruz Roja, hospitales públicos y privados, centros de control de adicciones, y demás instancias que puedan proporcionar información útil.

En el caso de personas migrantes o personas en movilidad, solicitarán al Instituto Nacional de Migración, así como a la Secretaría de Relaciones Exteriores su apoyo para la búsqueda. La cual incluirá compartir su ficha en aduanas, pasos migratorios fronterizos, puertos de conexión, entre otros.

Junto con las fiscalías, la Comisión Nacional de Búsqueda coordinará acciones en campo. Este protocolo entrará en vigor desde este jueves 19 de febrero de 2026.

 

Información: IMER Noticias

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