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Actualiza Agricultura periodo de veda para ostión de piedra en el océano Pacífico

Con base en estudios del Instituto Nacional de Pesca y Acuacultura (Inapesca) es técnicamente factible homologar el periodo de veda actual, informó la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural

Fecha:

La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural dio a conocer la homologación del periodo de veda del ostión piedra (Crassostrea iridescens) en aguas de jurisdicción federal del litoral del océano Pacífico, que a partir del 2024 aplicará del 1 de junio al 31 de agosto de cada año.

En el Diario Oficial de la Federal (DOF) destacó que con este acuerdo se modifica el aviso del establecimiento de épocas y zonas de veda para la pesca de diferentes especies de la fauna acuática en aguas de jurisdicción federal del país, publicado el 16 de marzo de 1994.

Señaló que productores pesqueros de Guerrero manifestaron su interés de aprovechar el recurso de manera responsable, bajo un esquema de manejo sostenible y contar con medidas de manejo formales que aseguren el beneficio económico de su trabajo.

Es por ello que solicitaron homologar el periodo de veda en toda la entidad y evitar así una diferenciación en los periodos de aprovechamiento, lo que podría generar efectos económicos desiguales entre los productores de ostión de piedra, refirió.

Lo anterior, aunado a los resultados de las recientes evaluaciones biológico-pesqueras realizadas por el Instituto Nacional de Pesca y Acuacultura (Inapesca) en Guerrero, permitió la homologación de la veda espacio-temporal para coadyuvar en el mantenimiento y conservación de los bancos ostrícolas.

Esta acción también incrementará los beneficios económicos de los productores, al comercializar este recurso con una mejor calidad en la época decembrina, que es cuando existe mayor demanda, destacó Agricultura.

Subrayó que con los tres meses de veda se cubre el principal evento reproductivo de la especie ostión de piedra en la zona comprendida desde Pie de la Cuesta y hasta Playa Revolcadero, en Guerrero, y homologa el período de restricción para todo el litoral del océano Pacífico.

Al concluir el periodo de veda, recalcó, es recomendable observar una talla mínima de captura de 90 milímetros indicada como control de manejo en la Carta Nacional Pesquera (CNP) publicada el 11 de junio de 2018.

La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural agregó que el acuerdo entrará en vigor a partir de este martes 10 de septiembre de 2023.

Agricultura, a través de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (Conapesca), administra, regula el uso y promueve el aprovechamiento sustentable de los recursos de la flora y fauna acuáticas, al ordenar las actividades de las personas que intervienen en ella y establecer las condiciones en que deberán realizarse las operaciones pesqueras.

 

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