La COP19 de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES) culmina este viernes en Panamá, luego de adoptar medio centenar de resoluciones. Las más destacadas son:
1) Tiburones
Regular el tráfico de las 54 especies de las familias de tiburones réquiem (Carcharhinidae) y tiburones martillo (Sphynidae). Esto al ser los más traficados como ingrediente de sopa de aleta muy apetecida en Asia oriental.
La decisión fue casi unánime, pues solo Japón presentó reservas y pidió excluir al tiburón azul. Al no tener apoyo de ningún país, el delegado japonés dijo que esta resolución era «poco razonable y poco científica».
La CITES también incluyó en el Anexo II a la familia de las rayas guitarra (Rhinobatidae) y a varias especies de rayas de agua dulce (Potamotrygon).
2) Ranas de cristal
Las ranas de cristal (Centrolenidae), que habitan en Centroamérica y Sudamérica, se colocaron en el Anexo II de CITES, de comercio regulado.
«Esta especie ha sido afectada por su alta demanda en el mercado de las mascotas«, explicó Joaquín de la Torre, director de América Latina de la ONG Fondo Internacional para el Bienestar Animal (IFAW, en inglés).
Durante el debate preliminar, la Unión Europea y Canadá expresaron reservas y pidieron que la protección no abarcara a toda la familia de estas ranas de cuerpo transparente (son más de 160 especies).
Al comprobar que su postura era totalmente minoritaria, retiraron sus reservas y la resolución se adoptó por unanimidad.
3) Tortugas sudamericanas
La CITES aprobó diferentes niveles de protección para una veintena de tortugas de América y Asia, entre ellas una docena de especies de agua dulce.
Entre ellas figuran las matamata, unas torgugas sudamericanas de 50 centímetros con aspecto de animal prehistórico (de hecho lo son), muy atractivas para coleccionistas. Su tráfico ahora será regulado.
Hay dos variedades de matamata, de la Amazonía (Chelus fimbriaba) y del Orinoco (Chelus orinocensis), pero nadie sabe cuántas son.
«Es buena noticia para ambas especies», dijo Doris Rodríguez, del Servicio Forestal y de Fauna Silvestre de Perú (Serfor).
La CITES también colocó en el Anexo II a una especie de América del Norte, la tortuga caimán (Macrochelus temminckii), pero desestimó incluir a la tortuga serpentina o mordedora (Chelydra serpentina).
4) Cocodrilos amazónicos
Brasil y Filipinas podrán exportar cocodrilos de criadero, que pasaron del Anexo I (de prohibición total de comercio) al Anexo II.
Ahora estará permitido exportar piel o carne del caimán overo o yacaré de hocico ancho (Caiman latirostris), que vive en la Amazonía y en el Pantanal de Brasil, así como en humedales, ríos y lagos de países vecinos.
«Las poblaciones de esos animales son muy grandes, porque han tenido un éxito reproductivo grande», explicó la investigadora Miryam Venegas-Anaya, experta en cocodrilos de la Universidad Tecnológica de Panamá y del Instituto Smithsonian.
La misma decisión se tomó con el cocodrilo marino (Crocodylus porosus) de Filipinas, que vive principalmente en las islas de Mindanao y Palawán (o La Paragua, en español).
Sin embargo, mantuvo en el Anexo I al cocodrilo de Siam (Crocodylus siamensis), rechazando el pedido de Tailandia de que pasara al Anexo II.
5) Marfil
La CITES se negó a autorizar la reapertura del comercio de marfil, como buscaron algunos países africanos.
«Todo comercio legal de marfil ofrece oportunidades a los delincuentes para blanquear en el mercado el marfil de elefante cazado furtivamente», indicó el vicepresidente adjunto de Conservación del IFAW, Matthew Collis, al celebrar la decisión de la cumbre.
Además, Botsuana, Namibia y Esuatini (antes Suazilandia) pidieron permiso para reanudar la venta regulada de cuernos de rinoceronte blanco del sur (Ceratotherium simum simum), lo que fue rechazado en votación: 85 países dijeron no y solo 15 votaron sí (con 26 abstenciones).
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