Culiacán, Sinaloa.-Con 39 votos a favor, el Congreso del Estado aprobó reformas al artículo 115 de la Constitución Política de Sinaloa, que establece como requisitos para obtener una candidatura a un puesto de elección popular no aparecer en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos y no haber tenido una condena por el delito de violencia política contra las mujeres en razón de género.
Con ello, no podrán ser electos regidores, síndicos procuradores, alcaldes, gobernadores y diputados personas que aparezcan inscritos en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos del Estado de Sinaloa al tiempo que se solicite el registro de sus candidaturas, salvo que exhiban la documentación con la que hayan acreditado judicialmente el cumplimiento de las obligaciones en mora.
De igual manera aquellos que estén condenados por el delito de violencia política contra las mujeres en razón de género, por delitos contra la familia o contra la libertad sexual y su normal desarrollo.
“El decreto repercute cierto en el derecho electoral, pero esencialmente repercute en materia de derechos humanos, reformaremos la constitución política para garantizar que el ejercicio de los derechos políticos electorales se encuentre en condiciones de todo tipo de violencia”, expresó.
Las reformas aprobadas tienen el propósito de prevenir, proteger y erradicar la violencia de género en el ámbito de la participación política pues se persigue inhibir conductas que contribuyan a la cultura de violencia que fomentan la desigualdad estructural entre hombres y mujeres, como lo son la violencia familiar y/o doméstica, la violencia sexual y el incumplimiento de las obligaciones alimentarias.