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“Programa de Baja Definitiva por vehículo que impida su circulación”

Fecha:

Culiacán, Sinaloa.- Con la intención de contribuir a liberar las calles de los carros abandonados y mejorar el medio ambiente, El Servicio de Administración Tributaria del Estado de Sinaloa (SATES) extiende el plazo para el programa de Baja Definitiva hasta el 11 de abril del presente año.

Con lo anterior, se condona a los ciudadanos el adeudo de calcomanías, es decir, se pagaría solo $3,122.00 (incluye baja, 10% adicional y multa extemporánea).

Requisitos para personas físicas:
1. Documento original que acredite la propiedad del vehículo o manifiesto de bajo protesta de decir la verdad.
2. Tarjeta de circulación o una copia de la misma expedida por el sates.
3. Dos placas de circulación o reporte de denuncia ante la fiscalía.
4. Identificación oficial vigente. INE, pasaporte o licencia de conducir.
5. En caso de que el vehículo este destinado al servicio público de transporte, la baja procederá, si es sustituido por otro que se destine al mismo servicio, o por cancelación o revocación de la concesión.

Requisitos para personas morales
1. Documento original que acredite la propiedad del vehículo o manifiesto de bajo protesta de decir la verdad.
2. Tarjeta de circulación o una copia de la misma expedida por el sates.
3. Dos placas de circulación o reporte de denuncia ante la fiscalía.
4. Identificación oficial vigente. INE, pasaporte o licencia de conducir.
5. Original o copia certificada del acta constitutiva con los derechos y obligaciones y/o poder general para actos de administración, de dominio o especial para trámites de control vehicular, acompañados de la identificación oficial vigente del representante o apoderado legal.
6. Si el vehículo estaba destinado a la prestación del servicio público de transporte, la baja definitiva del registro del vehículo sólo operará como consecuencia de la substitución del vehículo por otro que se destine al mismo servicio o por cancelación o revocación de la concesión o permiso correspondiente, en relación con lo dispuesto por el artículo 346 de la ley de movilidad sustentable del estado de Sinaloa.

Requisitos para entes públicos federales, estatales y municipales
1. Documento original que acredite la propiedad del vehículo o manifiesto de bajo protesta de decir la verdad.
2. Tarjeta de circulación o una copia de la misma expedida por el SATES.
3. Dos placas de circulación o reporte de denuncia ante la fiscalía.
4. Identificación oficial vigente con fotografía y firma del servidor público que solicita el trámite.
5. Presentar el oficio de habilitación del servidor público autorizado.
6. Acuerdo o autorización del órgano competente en el que se autorice la baja definitiva del vehículo, de conformidad con la ley de adquisiciones, arrendamientos, servicios y administración de bienes muebles para el estado de Sinaloa, ley de gobierno municipal del estado de Sinaloa, y demás disposiciones federales, estatales y municipales aplicables en la materia, que corresponda a la administración de sus bienes muebles.

Recuerda que la prórroga para el pago del refrendo vehicular 2025, estará vigente hasta el próximo 11 de abril de 2025.

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