El dirigente de la organización considera que este escenario afecta la relación entre empresarios y trabajadores.
Culiacán, Sinaloa l El dirigente de la Alianza para el Desarrollo y Competitividad de las Empresas expuso que existe una situación de ambigüedad entre lo estipulado ante la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y la Ley Federal del Trabajo.
Julio César Silva Inzunza expuso que mientras la primera fue reformada recientemente para considerar como explotación laboral jornadas de trabajo que superen las 40 horas establecidas por la ley, con multas de 7 mil hasta 70 mil días, la segunda estípula que una persona puede trabajar de manera extraordinaria más de nueve horas si así lo desea.
“El que la ley Federal de Trata de personas contemple el rubro de jornadas de trabajo deja abierta una ambigüedad que juega o a favor de la autoridad que te inspecciona en perjuicio del empresario o en perjuicio del acto, declarándose nulo, en perjuicio del estado y defendiéndose el empresario”, dijo.
Precisó que con el fin de que esto no afecte las relaciones entre empresarios y trabajadores, en el estado de Sinaloa ya se han presentado un total de diez iniciativas que buscan un esclarecimiento por parte del poder legislativo.
Silva Inzunza realizó un llamado al sector empresarial en el que, si las condiciones operativas de la corporación permite evitar las jornadas de diez horas extras por semana, lo mejor será hacerlo en tanto no se aclare esta contraposición entre ambas leyes.
“Si no te lo permite, tendremos que tener mucha cautela porque podemos ser sujetos a una sanción. Mientras no se aclare esta ambigüedad tenemos que ser muy cuidadosos tanto el responsable, en este caso el empresario, como en su defecto también el colaborador”, concluyó.
Señalan desde ADECEM ambigüedad en leyes respecto a temas laborales
El dirigente de la organización considera que este escenario afecta la relación entre empresarios y trabajadores
Culiacán, Sinaloa.- El dirigente de la Alianza para el Desarrollo y Competitividad de las Empresas expuso que existe una situación de ambigüedad entre lo estipulado ante la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y la Ley Federal del Trabajo.
Julio César Silva Inzunza expuso que mientras la primera fue reformada recientemente para considerar como explotación laboral jornadas de trabajo que superen las 40 horas establecidas por la ley, con multas de 7 mil hasta 70 mil días, la segunda estípula que una persona puede trabajar de manera extraordinaria más de nueve horas si así lo desea.
“El que la ley Federal de Trata de personas contemple el rubro de jornadas de trabajo deja abierta una ambigüedad que juega o a favor de la autoridad que te inspecciona en perjuicio del empresario o en perjuicio del acto, declarándose nulo, en perjuicio del estado y defendiéndose el empresario”, dijo.
Precisó que con el fin de que esto no afecte las relaciones entre empresarios y trabajadores, en el estado de Sinaloa ya se han presentado un total de diez iniciativas que buscan un esclarecimiento por parte del poder legislativo.
Silva Inzunza realizó un llamado al sector empresarial en el que, si las condiciones operativas de la corporación permite evitar las jornadas de diez horas extras por semana, lo mejor será hacerlo en tanto no se aclare esta contraposición entre ambas leyes.
“Si no te lo permite, tendremos que tener mucha cautela porque podemos ser sujetos a una sanción. Mientras no se aclare esta ambigüedad tenemos que ser muy cuidadosos tanto el responsable, en este caso el empresario, como en su defecto también el colaborador”, concluyó.