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Penaliza Congreso de Sinaloa terapias de conversión

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La idea central es proteger la dignidad y los derechos humanos de cualquier esfuerzo para corregir la orientación sexual, la identidad de género y la expresión de género.


 

Con el voto a favor de todas las fuerzas políticas el Pleno del Congreso del Estado de Sinaloa aprobó penalizar las terapias de conversión y quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad de género o expresión de género de una persona y derivado de estos se afecte su integridad física, moral o psicoemocional, se le impondrá de dos a seis años de prisión y de doscientos a cuatrocientos días multa.

Este delito se perseguirá por querella de parte, excepto en el supuesto en que la víctima sea niña, niño o adolescente, persona con discapacidad, o adulto mayor que serán perseguibles de oficio.

Se entiende por terapias de conversión a los tratamientos, servicios, o prácticas cualquiera que sea su denominación a las sesiones psicológicas, psiquiátricas, métodos o tratamientos que tengan por objeto anular, obstaculizar, reprimir o menoscabar la expresión de género o identidad de género, así como la orientación sexual de la persona, en las que se emplea violencia física, moral o psicoemocional, mediante tratos crueles, inhumanos o degradantes que atenten contra la dignidad humana.

Cuando la conducta descrita en el párrafo primero sea cometida por el padre, madre o tutor de la víctima, se le impondrá prisión de tres meses a un año o de cien a doscientos días multa. Asimismo, se le impondrá como medida integral tratamiento psicológico especializado por el tiempo necesario que el profesionista en la materia considere pertinente, bajo la supervisión de la autoridad ejecutora.

Estas reformas tienen el objeto de proteger la dignidad de las personas y sus derechos humanos de cualquier esfuerzo para corregir la orientación sexual, la identidad de género y la expresión de género y con ello se prohíban y erradiquen una serie de métodos, prácticas y tratamientos conocidos como “terapias de conversión”, los cuales causan a las víctimas daños psicológicos y físicos que pueden llegar a ser permanentes.

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