Con el objeto de salvaguardar el bienestar y derechos de niñas, niños y adolescentes, por unanimidad el Pleno del Congreso del Estado de Sinaloa aprobó la “Ley Monzón”.
Con estas reformas la patria potestad se perderá por resolución judicial cuando el que la ejerza sea condenado por delito de feminicidio en contra de la madre de niñas, niños y adolescentes.
Con estas reformas al Código Familiar del Estado de Sinaloa la patria potestad también se suspenderá por auto de vinculación a proceso dictado por delito de feminicidio o su tentativa en contra de la madre de niñas, niños y adolescentes.
En la reforma al artículo 134 Bis se establece que quien cometa el delito de feminicidio perderá todo derecho con relación a las y los hijos de la víctima, garantizando el interés superior de la niñez en términos de lo previsto en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
La “Ley Monzón” en memoria de la abogada penalista y activista de derechos humanos de mujeres Cecilia Monzón Pérez, asesinada a balazos el 21 de mayo de 2022, dejando huérfano a un niño de tan sólo cuatro años de edad.
El Pleno aprobó reformas a las fracciones IX y X del artículo 380; y las fracciones II y III del 384; y se adicionan la fracción XI al 380; y la fracción IV al 384 del Código Familiar del Estado de Sinaloa, y reforma el penúltimo párrafo del artículo 134 bis del Código Penal para el Estado de Sinaloa.
El Pleno aprobó dictamen de la Comisión de Igualdad de Género y Familia el cual fue elaborado por iniciativa presentada por la diputada del PRI Concepción Zazueta Castro y por las legisladoras de Morena, Almendra Ernestina Negrete Sánchez y Felicita Pompa Robles.