Culiacán, Sinaloa.-Con 38 votos a favor el Congreso del Estado aprobó expedir la convocatoria para elegir al director y a los 6 integrantes del Consejo Consultivo del Instituto Para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas.
Dicha Ley tiene por objeto establecer las medidas para la protección de personas defensoras de los derechos humanos y periodistas en el Estado de Sinaloa, así como garantizar el goce de condiciones adecuadas para el desempeño de su trabajo.
Cabe señalar que dentro de los treinta días siguientes a la entrada en vigor de esta Ley el Congreso del Estado emitirá la convocatoria pública que deberá ser transparente para designar a los Consejeros y el Director General del Instituto de Protección a Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas.
Se elegirá a dos consejeros para un periodo de cuatro años de los cuales uno será periodista y el otro representante de organizaciones no gubernamentales de defensa de los derechos humanos.
Dos consejeros para un periodo de cinco años, de los cuales uno será periodista y el otro representante de organizaciones no gubernamentales de defensa de los derechos humanos.
Dos consejeros para un periodo de seis años, de los cuales uno será periodista y el otro representante de organizaciones no gubernamentales de defensa de los derechos humanos.
Así mismo quien ocupará el cargo de Director General del Instituto para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, y deberá cumplir con algunos requisitos como:
-Ser ciudadano mexicano, preferentemente sinaloense, en pleno ejercicio de sus derechos.
-Tener al menos treinta años de edad al día de la designación.
-Experiencia verificable de al menos cinco años en materia de defensa de los derechos humanos o de la libertad de expresión y periodismo.
-Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por algún delito doloso.
-Presentar sus declaraciones de intereses, fiscal y patrimonial de forma previa a su nombramiento.
La persona electa para ocupar el cargo señalado durará en su encargo cinco años y no podrá ser reelecto. Este cargo es incompatible con cualquier otro empleo, cargo o comisión en el servicio público, a excepción de la docencia o la labor de investigación académica.