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Declara Congreso obligatorio el cumplimiento de la paridad de género para candidaturas

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Culiacán, Sinaloa.- Con la aprobación de 19 Ayuntamientos, el Congreso del Estado de Sinaloa declaró formal y constitucionalmente incorporada a la Constitución Política del Estado el establecimiento como requisito para la postulación de un cargo de elección popular, que no se haya incumplido con la aplicación del principio de paridad de género.

El único Ayuntamiento que no votó esta reforma es el de Juan José Ríos.
Las reformas constitucionales aprobadas son a los incisos e) y d) de la fracción V, del artículo 25; las fracciones 111 y IV del 115; y se adicionan el inciso e) a la fracción V del artículo 25; la fracción X, al artículo 56; y la fracción V, al artículo 115, de la Constitución Política del Estado de Sinaloa.

Estas reformas corresponden a iniciativa presentada por el grupo parlamentario de Morena, que coordina la diputada María Teresa Guerra Ochoa.

En Sesión Extraordinaria que tuvo lugar este jueves, se dio lectura a Acuerdo de la Junta de Coordinación Política del Congreso del Estado, en el que se da cuenta del cómputo de votos del Ayuntamiento respecto a estas reformas.

El Acuerdo establece que:

“El H. Congreso del Estado de Sinaloa, representado por su LXV Legislatura, en ejercicio de la facultad que le confieren los artículos 159 de la Constitución Política y 229, fracción IV de la Ley Orgánica del Congreso, ambas del Estado de Sinaloa, previa aprobación por la Cámara de Diputados, así como por diecinueve Ayuntamientos de la entidad, declara formal y constitucionalmente incorporada a la Constitución Política del Estado, el Decreto Número 72 por el que se reforman los incisos e) y d) de la fracción V, del artículo 25; las fracciones 111 y IV del 115; y se adicionan el inciso e) a la fracción V del artículo 25; la fracción X, al artículo 56; y la fracción V, al artículo 115, de la Constitución Política del Estado de Sinaloa”.

La presidenta de la Mesa Directiva del Congreso, Yeraldine Bonilla Valverde, instruyó que se remita el Decreto correspondiente al Ejecutivo del Estado para su promulgación y publicación en El Periódico Oficial “El Estado de Sinaloa”.

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