spot_img

Piden prisión y multa para quien ejerciendo la patria potestad abandone a sus menores, abuse o ponga en riesgo su patrimonio y salud

Fecha:

• La diputada Margarita García (PT) presentó iniciativa que reforma al Código Penal Federal 


 

La diputada Margarita García García, del PT, promueve una iniciativa para establecer que la persona que ejerza la patria potestad, que sea la responsable de administrar lo correspondiente a pensión alimenticia y no la esté ocupando en sus menores hijos o personas interdictos, sea sancionada con prisión, multa, reparación del daño y la privación de los derechos de familia.
La adición de un artículo 336 Ter al Código Penal Federal, turnada a la Comisión de Justicia para su estudio y dictamen, precisa que el castigo consiste de un año a cinco años de prisión, o de 250 a 450 Unidades de Medida y Actualización de multa, privación de los derechos de familia, y el pago de la reparación del daño en caso de afectación patrimonial.
Se aplicará “al que sin motivo justificado y/o de forma dolosa abandone a sus menores hijos o personas interdictos, abuse o ponga en riesgo su patrimonio, salud psicológica y física, provocado por la acción u omisión dolosa, en el cumplimiento de sus obligaciones que emanan de la patria potestad, la guarda y custodia, y demás que se deriven incluso de la sentencia favorable del pago de pensión alimenticia condenado por una autoridad jurisdiccional”, enfatiza.
En la exposición de motivos, hace notar que la patria potestad es el vínculo que nace de la relación jurídica entre los padres y sus menores hijas o hijos y, con ello, surgen derechos y obligaciones, así como su relación con sus bienes, por lo que los tutores tendrán la representación legal y protección de los aspectos físico, psicológico, moral, social, de guarda, custodia y derecho de corrección de sus menores hijos.
Destaca que en el ejercicio de la patria potestad se reconocen y se debe salvaguardar el cumplimiento de los derechos de niñas, niños y adolescentes, así como sus derechos humanos contemplados en tratados internacionales, la Constitución Política de México, la Suprema Corte de Justicia de la Nación y por las legislaturas de los estados de la República mexicana.
En este sentido, señala que la Declaración sobre los Derechos del Niño de 1959 tiene como objetivo que las infancias sean felices, gocen de derechos y libertades y hace mención que los niños deben ser protegidos de cualquier forma de abandono, crueldad y explotación.
Para este caso, el Código Penal Federal determina penas contra aquellas personas que vulneren los derechos de los menores; sin embargo, existen situaciones que aún no se han considerado y siguen poniendo en riesgo su integridad y pleno desarrollo, y esto no solo aplica para los menores, también para personas interdictas, así como las de grupos vulnerables que tienen que estar a resguardo de otra persona.

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

Últimas Noticias:

Noticias relacionadas

Congreso de Sinaloa aprueba reformas que buscan prevenir y atender la diabetes, obesidad y salud bucal

Culiacán, Sinaloa | El Congreso del Estado de Sinaloa aprobó en Sesión Extraordinaria reformas y adiciones diversas de...

Designa Congreso de Sinaloa al licenciado Ignacio Campa Verduzco como titular de la Unidad de Evaluación del Desempeño

Culiacán, Sinaloa | Por unanimidad, el Pleno del Congreso del Estado de Sinaloa votó a favor de la...

La SSPyTM mantiene rutas alternas ante cierre total de carriles hacia el poniente en el Malecón Viejo

Ante el cierre total de los carriles con dirección al poniente sobre el bulevar Paseo Niños Héroes, a...

Huellitas con Causa exhorta a mantener limpias a las mascotas en casa

Señalan que es el inicio para evitar cualquier enfermedad.   Culiacán, Sinaloa | Durante la temporada de calor, el riesgo...