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Piden sancionar a quien por redes sociales o medios digitales contacte a menores para cometer el delito de abuso sexual

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• La diputada Zavala Gómez del Campo (PAN) impulsa cambios al Código Penal Federal


 

La diputada Margarita Ester Zavala Gómez del Campo (PAN) propone reformar el artículo 261 del Código Penal Federal para aumentar en una mitad más en su mínimo y máximo la pena de seis a trece años de prisión y hasta quinientos días multa a quien contacte a menores de edad a través de redes sociales o medios digitales, informáticos o cualquier otro medio de transmisión de datos para engañar y cometer el delito de abuso sexual.

La iniciativa, enviada a la Comisión de Justicia, resalta que actualmente el Código Penal contempla sanciones por el abuso sexual infantil; sin embargo, no siempre considera como agravante el hecho de que el contacto y la manipulación se hayan originado en plataformas digitales, lo cual deja fuera de consideración elementos de alto riesgo y planificación por parte del agresor.

Expone que en los últimos años el rápido avance de las redes sociales y medios de comunicación ha transformado profundamente la manera en que las personas se relacionan, pero esta transformación también ha sido aprovechada por personas con intenciones delictivas, particularmente en la comisión de delitos sexuales contra menores de edad.

El uso de redes sociales para engañar, seducir y obtener la confianza de menores demuestra una conducta especialmente dolosa y premeditada que debe tener una respuesta jurídica proporcional, subraya.

Advierte que el contacto a través de redes sociales permite al agresor ocultar su identidad, fingir ser un menor de edad o manipular emocionalmente a la víctima con mayor eficacia para acercarse a ella, generar lazos de confianza, pedirle información personal y finalmente manipularla para cometer el delito.

Las niñas, niños y adolescentes tienen poca capacidad para identificar situaciones de riesgo en entornos digitales. La desigualdad de edad, conocimientos e inteligencia socioemocional que existe entre el agresor y la víctima aumenta significativamente la afección psicosocial del menor hacia su agresor, menciona.

Refiere que el fenómeno conocido como grooming, consiste en el acercamiento y manipulación psicológica de niñas, niños y adolescentes a través de medios digitales para posteriormente cometer actos de abuso sexual; representa una de las amenazas más graves y actuales para la niñez y la adolescencia.

La diputada Zavala Gómez del Campo considera que incorporar como agravante el contacto inicial con la víctima efectuado por medio de redes sociales u otros medios digitales, permitirá que las penas impuestas reflejen de forma más adecuada la gravedad de la conducta y una respuesta firme y ejemplar por parte del Estado mexicano.

También, estima que establecer esta agravante no solo permitirá una sanción más justa, sino que enviará un mensaje claro sobre la gravedad de este tipo de conductas y su rechazo social, con lo que se contribuirá a prevenir estos delitos.

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