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Suprema Corte invalida padrón nacional de telefonía

Ministros consideraron que la recopilación de información sensible viola los derechos a la identidad y protección de datos de los usuarios.

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El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que el decreto del 16 de abril de 2021, para la creación del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Celular (Panaut) es inconstitucional.

 

Uno de los argumentos para la creación del Panaut, por parte de las autoridades, era contar con la información para prevenir delitos cometidos con el uso de celulares, por lo que se debían entregar datos personales y biométricos a las empresas proveedoras del servicio. Sin embargo, el presidente de la Corte, ministro Arturo Zaldívar, argumento que en ningún momento el decreto para la creación del Panaut definió cuáles eran los datos biométricos que se debían aportar, como las huellas dactilares, el iris, el rostro y la dimensión de las manos; además de que no se garantiza la seguridad de estos.

 

“Un sistema que genere la seguridad de que estos datos no sólo no se van a utilizar de manera indebida por parte del Estado, ni que estén blindados de que un tercero no pueda acceder a este sistema, un hackeo como se dice, y que este sistema pueda estar en manos de cualquier persona, lo que me parecería sumamente grave”

 

Con una mayoría de nueve votos de los 11 ministros, el decreto del 16 de abril de 2021 había sido aprobado el proyecto de la ministra Norma Lucía Piña Hernández, en el que se estableció que el usuario de un plan de telefonía celular no tiene más opción que entregar sus datos a cambio del servicio.

Sin embargo, el ministros Zaldívar explicó que el estado no tiene manera de garantizar el blindaje de esos datos ni tampoco un argumento que justifique su posesión.

 “Lo cierto es que este sistema blindado no existe, no hay una seguridad en relación con estos datos, ni me parece que la causa para que el Estado pretenda tener estos datos, esté, ni de lejos, justificada.”

 

La presidenta del Inai, Blanca Lilia Ibarra, reconoció la determinación de la Suprema Corte de Justicia que invalida el Panaut ya que aseguró:

 “Protege los derechos humanos y la privacidad, intimidad, identidad, los datos personales y el interés superior del menor, en favor de las mexicanas y los mexicanos”

 

 

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