[Gabriela Ríos]
Culiacán, Sinaloa. – Por voluntad y sin justificar razón alguna, a partir del sábado 12 de marzo, en Sinaloa, las mujeres podrán solicitar la interrupción del embarazo de hasta trece semanas.
Lo anterior toda vez que ya fue publicado en Decreto número 79 en el Periódico Oficial del Estado de Sinaloa, que modifica diversos artículos y fracciones del Código Penal para el estado de Sinaloa, donde quedan sin efecto las sanciones aplicadas a las mujeres que interrumpan un embarazo dentro de las primeras trece semanas de gestación.
El artículo 4 Bis 2. Se lee: “La atención a la salud sexual, reproductiva y de planificación familiar es prioritaria. Las instituciones públicas, privadas y sociales que presten servicios de salud en el Estado de Sinaloa a proveer el servicio para la interrupción del embarazo, en condiciones de calidad y salubridad que garanticen la dignidad humana de la mujer o persona gestante.
En el caso de las instituciones públicas el servicio será accesible, gratuito, confidencial, seguro en condiciones de calidad, expedito y no discriminatorio.”
Las modificaciones en el código penal también contemplan la prerrogativa de la objeción de conciencia a la que podrá adherirse personal médico y de enfermería de instituciones públicas y privadas que no estén de acuerdo en participar en procedimientos de interrupción de embarazo.
Cabe mencionar que la práctica de un aborto después de la semana trece si está sujeta de amonestación privada y de uno a tres meses de medidas integrales.